路聽聽聽聽聽聽聽聽聽El dictamen es resultado de la iniciativa que present贸 el 18 de julio de 2019聽 la diputada Deisy Juan Antonio.
路聽聽聽聽聽聽聽聽聽se crea el Sistema de Informaci贸n Hidr谩ulica del Estado de Veracruz.
Las diputadas y diputados de la LXV Legislatura aprobaron el dictamen, resultado de la iniciativa que present贸 el 18 de julio de 2019 la diputada Deisy Juan Antonio, por la cual se reforman diversas disposiciones de la Ley n煤mero 21 de Aguas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
El dictamen, puesto a consideraci贸n de las Comisiones Unidas de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal y de Agua Potable y Saneamiento, registr贸 45 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra.
De esta manera, se establece que la Oficina Operadora de la Comisi贸n del Agua del Estado de Veracruz (CAEV), es el 贸rgano encargado de prestar los servicios en la demarcaci贸n territorial de los municipios que se requieren.
Asimismo, se crea el Sistema de Informaci贸n Hidr谩ulica del Estado de Veracruz, el cual contendr谩 datos, derivado del conjunto de bases de datos e informaci贸n relacionada con los inventarios de los cuerpos de agua; la que derive de la infraestructura hidr谩ulica; las inversiones realizadas en materia hidr谩ulica; la cartera de estudios, proyectos e informaci贸n clim谩tica, hidrogr谩fica e hidrol贸gica de las cuencas del estado de Veracruz, incluyendo los registros de los t铆tulos de concesi贸n de agua y permisos correspondientes y la que resulte de la red de monitoreo en cantidad, calidad y padr贸n de usuarios.
El Sistema constituir谩 el instrumento rector de las pol铆ticas, lineamientos y normatividad t茅cnica con que contar谩 el Ejecutivo del Estado, a trav茅s de la CAEV, para la planeaci贸n, formulaci贸n, promoci贸n, instauraci贸n, ejecuci贸n y evaluaci贸n de la Programaci贸n Hidr谩ulica en el Estado.
El Gobierno Estatal a trav茅s de la CAEV y los Municipios, as铆 como los sectores social y privado, deber谩n coordinarse para su participaci贸n en la conservaci贸n, actualizaci贸n y desarrollo del Sistema de Informaci贸n Hidr谩ulica del Estado de Veracruz.
La CAEV, con la participaci贸n de los Municipios, fungir谩 como organismo rector de las pol铆ticas, lineamientos y normatividad t茅cnica para la planeaci贸n, formulaci贸n, promoci贸n, instauraci贸n, ejecuci贸n y evaluaci贸n de la Programaci贸n Hidr谩ulica en el Estado, quienes ser谩n responsables de la integraci贸n, coordinaci贸n, planeaci贸n y supervisi贸n.
Los municipios y el Gobierno del Estado, a trav茅s de la Comisi贸n, en su 谩mbito de competencia, garantizar谩n el irrestricto respeto del derecho humano al agua de todas y todos los usuarios.
Los Municipios prestar谩n los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposici贸n de aguas residuales, cuando a juicio del Ayuntamiento respectivo sea necesario, podr谩n celebrar convenios con el Estado para que 茅ste, a trav茅s de la Comisi贸n, se haga cargo en forma temporal del servicio, o se presten de manera coordinada.
De igual manera, los Municipios podr谩n concesionar los servicios con personas f铆sicas o morales, en t茅rminos de lo dispuesto por el art铆culo 27 de la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos.
Cuando el servicio de agua potable y saneamiento sea administrado y prestado por personas f铆sicas o morales no oficiales, en forma deficiente o irregular por causas imputables a estos, y con ello se pueda causar o se causen perjuicios o da帽os graves a los usuarios o a terceros, el Municipio prever谩 las acciones legales y administrativas correspondientes a efecto de regularizar la administraci贸n y operaci贸n del servicio p煤blico de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposici贸n de aguas residuales.
Ser谩n inembargables las cuentas bancarias aperturadas a nombre de la Comisi贸n, para cubrir los conceptos de prestaci贸n del servicio p煤blico o de programas destinados a la ejecuci贸n de obras e infraestructura h铆drica.
El Consejo T茅cnico Consultivo de la Comisi贸n, se reunir谩 en sesi贸n ordinaria cada tres meses, as铆 como las extraordinarias que, sean necesarias a juicio del Director General de la Comisi贸n, previa convocatoria a los integrantes.
Corresponde al Consejo T茅cnico Consultivo de la Comisi贸n: emitir opini贸n en la formulaci贸n de las pol铆ticas, lineamientos y normatividad t茅cnica para la conducci贸n, planeaci贸n, formulaci贸n, promoci贸n, instauraci贸n, ejecuci贸n y evaluaci贸n de la Programaci贸n Hidr谩ulica en el Estado y opinar respecto de la celebraci贸n de convenios de coordinaci贸n entre las instancias federal, estatal o municipal, con pleno respeto a sus atribuciones constitucionales y legales.
