Ley de Adopciones para Tamaulipas
*También se autorizan modificaciones a la Ley de Notariado para hacer más transparente su proceso de asignación
El Congreso del Estado de Tamaulipas aprobó en la sesión ordinaria la Nueva ley de Adopciones para Tamaulipas, con lo que se da un paso sustantivo para mejorar el proceso en el que el principal beneficiado sea el menor en cuestión, quien por sobre todas las cosas tiene derecho a una familia y lo que ello implica.
La diputada Juana Alicia Sánchez, presidenta de la Comisión de Grupos Vulnerables fue la encargada de dar a conocer el dictamen sobre la cita Ley, ponderando en todo momento el beneficio que a la sociedad y a los niños en casas hogares traerá este nuevo ordenamiento.
La aprobación de la ley fue unánime, ya que todos los legisladores coincidieron en que los cambios como establecer la edad para adoptar a partir de los 25 años, promover la pérdida de la patria potestad, así como la oportunidad de tener una familia de acogimiento, entre otras atribuciones, privilegian el interés superior del menor.
Con esta Ley, se crea el Consejo Técnico de Adopciones, cuya finalidad es llevar a cabo las funciones necesarias para la realización de los procedimientos administrativos previos a la adopción, así como procurar la adecuada integración de niñas, niños y adolescentes o personas con discapacidad a ser adoptados por una familia que les proporcione las condiciones necesarias para su pleno desarrollo.
También durante la sesión de este viernes, los integrantes de la Sexagésima Tercera Legislatura, aprobaron reformar la Ley del Notariado para el Estado, para que los Notarios tengan un mejor desempeño en su ejercicio, así como propiciar que las autoridades cuenten con elementos que faciliten la vigilancia, el estricto cumplimiento del objeto del notariado y su práctica.
La Diputada Brenda Georgina Cárdenas Thomae, mencionó que con el fin de que se salvaguarde el ejercicio profesional del Notario, se incorpora la obligación de interponer denuncia ante el Ministerio Público, en caso de pérdida o alteración del sello notarial.
“Se clarifica el procedimiento para la inspección de la función notarial, a través de visitas de forma ordinaria y extraordinaria, a cargo de la Secretaría General de Gobierno por conducto de personal de la Dirección de Asuntos Notariales a quienes se les denomina visitadores, a efecto de que las notarías funcionen con regularidad y sujeción a las disposiciones legales”, expresó.
Mencionó que de las atribuciones del Director de Asuntos Notariales, se reforma la comunicación que se tendrá que rendir sobre las deficiencias o irregularidades a los protocolos remitidos, facultándose para ello al Secretario General de Gobierno, entre otras acciones que fortalecen este ordenamiento.
El legislador Rogelio Arellano Banda, destacó que la función notarial no debe permanecer ajena a las demandas sociales, pues implica el ejercicio de la fe pública, “En tal sentido se busca que el Notario reúna las cualidades para dar certeza a los sucesos que tienen repercusión en el ámbito jurídico”, por lo que afirmó resulta necesaria esta reforma.