Por: Arturo Rosas H.
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Las Magistradas y Magistrado del Tribunal Electoral de Tamaulipas aprobaron declararon validar el triunfo electoral de Magdalena Peraza Guerra como Alcaldesa electa del Ayuntamiento de Tampico.
Ahí mismo, consideraron que sólo se encontraron elementos de prueba para anular cuatro casillas de 30 que presentó en el recurso de impugnación el Partido Acción Nacional.
Los magistrados consideraron que no hubo pruebas suficientes para anular la votación en 30 casillas.
Consideraron que la nulidad de las cuatro casillas 1416, 1330, 1360 y 1475 no afecta el resultado electoral, aunque el PAN había presentado a su consideración elementos de prueba para anular 30 casillas.
Señalaron entonces que la nulidad es infundada porque no se dieron las pruebas como el carrusel de votos.
Una de las quejas que el PAN estableció en su recurso de inconformidad, fue la posición que asumió el Consejo Municipal Electoral de no apertura de urnas (sobres que contienen votos emitidos, votos nulos, y boletas inutilizadas) o recuento parcial o total de la elección de ayuntamiento para el municipio parcial o total de la elección de ayuntamiento para el municipio de Tampico.
La Magistrada Emilia Vela González, explicó que en el análisis del presidente y los Consejeros electorales que tienen las actas y terminaron que no era necesario hacer un recuento total o parcial porque no estaban los supuestos legales para este recuento.
“La reunión de trabajo del seis de junio y la sesión extraordinaria de la misma fecha, están previstas en los lineamientos que había emitido desde el año anterior Instituto Nacional Electoral, y que obligó al IETAM a homologar esos lineamientos por lo que se refiere a la sesión de cómputo”.
Remarcó: “Hay una reunión previa, perfectamente legal y el Consejo había actuado bajo derecho”.
Dijo que en esa reuniones, los Presidentes y Consejeros, van a realizar un análisis del estado que tiene las actas y determinar si va ser necesario un recuento total o parcial y en este caso, se determinó que no era necesario porque no estaban los supuestos para este recuento, insistió.
Sobre las 30 casillas impugnadas que argumentó el PAN se cometieron una o dos causales para anular la votación, la Magistrada señaló que los argumentos presentaron no fueron válidos porque si bien las casillas pudieron instalarse tarde, la votación se dio el mismo día establecido por la Ley.
Los errores frecuentes no los hay, señaló y solo se encontraron irregularidades en cuatro casillas que finalmente fueron anuladas.