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Fue publicada este 29 de septiembre en la Gaceta Oficial del Estado, con el n煤mero extraordinario 390; diputadas y diputados la aprobaron el pasado 26 de mayo.
Xalapa, Ver.- A聽partir de este viernes 30 de septiembre est谩 vigente la Ley n煤mero 875 de Transparencia y Acceso a la Informaci贸n P煤blica para el Estado de Veracruz, luego que fuese publicada en la Gaceta Oficial del Estado con el n煤mero extraordinario 390, con lo que las ciudadanas y ciudadanos tienen garantizado el derecho de acceso a informaci贸n en posesi贸n de cualquier autoridad.
Esta ley 鈥揳probada por la LXIII Legislatura el pasado 26 de mayo- regula y garantiza el derecho del ciudadano para acceder a la informaci贸n y precisa que los sujetos obligados deben brindarla.
Las diputadas y diputados del Congreso de Veracruz analizaron y aprobaron esta legislaci贸n por la cual toda persona tiene el derecho a obtener informaci贸n, as铆 como a consultar documentos y obtener copia o reproducciones gr谩ficas o electr贸nicas, simples o certificadas. No ser谩 necesario acreditar inter茅s leg铆timo para solicitar y acceder a la informaci贸n p煤blica.
Los sujetos obligados de brindar informaci贸n al ciudadano son los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; as铆 como ayuntamientos o concejos municipales; organismos descentralizados y desconcentrados de la Administraci贸n P煤blica Estatal y Municipal; los sistemas operadores de agua y saneamiento; organismos aut贸nomos del Estado; universidades p煤blicas e instituciones de educaci贸n superior p煤blica dotadas de autonom铆a y partidos pol铆ticos y asociaciones.
Esta ley tambi茅n abarca a los fideicomisos y fondos p煤blicos que cuenten con financiamiento p煤blico, parcial o total, o con participaci贸n de entidades de gobierno; organizaciones de la sociedad civil constituidas conforme a las leyes mexicanas; los sindicatos; los candidatos independientes y cualquier persona f铆sica o moral que reciba y ejerza recursos p煤blicos o realice actos de autoridad del Estado o de los municipios.
Los sujetos obligados procurar谩n reducir los costos por reproducci贸n, al proporcionar la informaci贸n a los particulares por medios electr贸nicos o electromagn茅ticos.
De acuerdo al art铆culo transitorio d茅cimo primero, en un plazo que no exceder谩 60 d铆as naturales, contados a partir del inicio de vigencia de esta Ley, el Congreso del Estado realizar谩 las modificaciones necesarias al C贸digo de Derechos para el Estado de Veracruz y a la legislaci贸n municipal respectiva, a efecto de que las cuotas aplicables a los derechos para acceder a la informaci贸n p煤blica correspondan con lo previsto en la presente Ley.
